Fichero Común de Prevención del Fraude
¿Qué es el Fichero común de prevención del fraude?
Se trata de un fichero en el que pueden participar las Entidades adheridas con la finalidad de prevenir operaciones y comportamientos fraudulentos a través de la generación de alertas de operaciones sospechosas de fraudes por comparación de solicitudes.
¿Qué finalidad tiene el fichero?
Los datos que incluyen las Entidades en el fichero de prevención del Fraude se utilizan con la finalidad de ayudar a las Entidades que consultan y aportan información al mismo a prevenir operaciones fraudulentas a través de la detección de informaciones sospechosas, incongruentes o irregulares.
¿Qué Entidades pueden consultar sus datos?
Los datos podrán ser comunicados a las Entidades usuarias del sistema en el caso de que se genere alguna alerta de incongruencia.
¿Cómo puede ejercitar sus derechos?
Equifax facilita a los afectados, de forma gratuita, la ejecución de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación a la información recogida en el Fichero. Para poder solicitar sus derechos, deberá adjuntar también la documentación acreditativa de su identidad.
Para ello, puede remitir su solicitud por escrito dirigiéndose al Servicio de Atención al Consumidor, al apartado de correos 10.546, Madrid 28080, con indicación de qué derecho o derechos quiere ejercitar. En el escrito, además, se deberá indicar:
- Nombre y apellidos del solicitante.
- DNI / NIF / CIF.
- Domicilio al que se pueda remitir la respuesta.
- En el caso de las personas que tengan certificado de ciudadano de la unión, además deeste, deberán acompañar fotocopia del pasaporte o documento de identidad de su país de origen.
- Fecha de envío y firma.
- En caso de actuar a través de representante, documento que incluya debidamente elpoder de representación, además de los datos identificativos del representante y el representado.
¿Cómo puede salir del fichero?
En caso de que desee salir del fichero, puede solicitar sus derechos de rectificación/supresión/oposición/limitación acompañando a dicha solicitud los documentos acreditativos de la petición que formula. Existirá un protocolo de comunicación con la Entidad que haya dado de alta una determinada solicitud para que verifique si la información aportada es correcta o no, y en su caso, eliminar sus datos del fichero.
También se puede dirigir la solicitud directamente a la Entidad que comunicó los datos al fichero, ya que es la propia Entidad la que decide sobre la procedencia de la rectificación/cancelación/oposición/limitación del tratamiento de los datos.
¿Cuánto tiempo tardan en contestarme cuando solicito un derecho?
El RGPD establece un plazo máximo de contestación de un mes una vez recibida la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, en cuyo caso se informará al interesado de cualquiera de dichas prórrogas, dentro del primer mes desde la recepción de la solicitud e indicando de los motivos de la dilación.